viernes, 6 de noviembre de 2009

A OJOS CERRADOS


Dentro del conjunto de modalidades en las que el sector privado colabora con el sector público en la provisión de los servicios públicos, las Asociaciones Público Privadas (APP) tienen un cariz especial. En los proyectos recientes de APP en el Perú se conjuga el aprendizaje acumulado en los últimos veinte años, en lo que se refiere a contrataciones públicas, contratos de gerencia, privatizaciones y concesiones, subsidios a la demanda, etc., tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo.

No obstante el auge mundial de la participación privada en actividades antes realizadas por el sector público, el término Asociación Público-Privada, en su acepción más exacta, se restringe a aquellos casos en que el sector privado provee directamente un servicio público, pero que su intervención supone la participación financiera del Estado para hacer rentable el proyecto.

En la legislación peruana, la APP adopta la forma de una concesión, es decir, la de un contrato firmado entre el Estado y una empresa por el cual el Estado otorga la ejecución y explotación de determinadas obras públicas de infraestructura o la prestación de servicios públicos por un plazo determinado.



Una APP supone entonces la prestación directa del servicio público al usuario por parte de la empresa privada. Estos usuarios, por ejemplo, en el caso de una generadora de electricidad serán otras empresas, y en el caso de una carretera, los automovilistas, camioneros, etc. Estos usuarios deberán pagar una tarifa o peaje por el uso de este bien o por la prestación del mencionado servicio.

Una APP, se distingue de la obra pública, pues esta última, junto con la tercerización de servicios, constituye un bien o servicio intermedio que hace posible que el sector público asegure directamente la prestación de un determinado servicio o el uso de una determinada infraestructura.

Resulta indispensable contar con un marco legal que regule la participación del sector privado en la operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con el fin de determinar los principios y procedimientos aplicables a dicha participación mediante la modalidad de Asociación Público Privada, con la finalidad de viabilizar su implementación, generar empleo productivo y mejorar la competitividad del país.




“El Perú no está preparado para ejecutar concesiones bajo esquemas de APP”



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